El Diario Oficial de Castilla-La Mancha con fecha 22/06/2020, ha publicado la Resolución de 03/06/2020, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan las AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL Y PERMANENTE EN RÉGIMEN DE PROPIEDAD POR JÓVENES EN MUNICIPIOS MENORES DE 5000 HABITANTES en la anualidad 2020.
Algunos aspectos de la convocatoria son:
Objeto: FINANCIAR LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL Y PERMANENTE, para facilitar a los JÓVENES MENORES DE 35 AÑOS que puedan acceder a las mismas en régimen de compra, siempre que esté localizada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla -La Mancha de pequeño tamaño, de MENOS DE 5.000 HABITANTES y cuyo PRECIO DE ADQUISICIÓN SEA IGUAL O INFERIOR A 100.000 EUROS sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición, y sin incluir anejos como garaje o trastero.
Cuantía: La cuantía de la ayuda será hasta 10.800 EUROS COMO MÁXIMO por vivienda, sin que pueda superar en ningún caso el 20% del precio sin anejos, gastos ni tributos inherentes a la adquisición.
Si la vivienda fuera adquirida por más de una persona, el importe de la Ayuda que pueda recibir cada uno de los beneficiarios, se determinará aplicando el porcentaje de la cuota de participación en el bien al importe de la ayuda que correspondería si adquiriera el 100%.
Solicitud: La solicitud se presentará en MODELO OFICIAL (Anexo I) debidamente cumplimentado y se acompañará de la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos, en la forma y plazo establecidos.
En caso de haber solicitantes adicionales de la ayuda que adquieran la vivienda, se deberá presentar el modelo correspondiente (Anexo II) por cada uno de los solicitantes adicionales.
Si existieran miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años no solicitantes de la ayuda deberán rellenar el Modelo de autorización y declaración responsable que se establece en el Anexo III
Cuando se formule la solicitud por persona distinta de los solicitantes, se acreditará la representación adjuntando a la solicitud el Anexo V aprobado por esta Resolución.
LAS FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:
- TELEMÁTICA
- DE FORMA PRESENCIAL
Igualmente, se podrán presentar de las formas establecidas, en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
DESDE EL MARTES 23 DE JUNIO DE 2020 AL JUEVES 22 DE JULIO DE 2020.